Conforme a lo establecido en el parágrafo 3 del Artículo 2.2.14.3.6 del Decreto 325 de 2022, el valor del subsidio aumentará en cada anualidad según el Índice de Precios al Consumidor (IPC), valor que se aproximará al múltiplo de 1000 más cercano.

Una vez conocido el IPC que regirá para la anualidad respectiva, el Administrador Fiduciario del Fondo de Solidaridad Pensional, efectuará los ajustes requeridos para la programación y pago de los subsidios. En este sentido, a continuación, se relacionan los valores de subsidios establecidos para el Programa de Subsidio a la Vejez para exMadres Comunitarias y Sustitutas, según el tiempo de permanencia en los Programas de Hogares Comunitarios o Sustitutas de Bienestar Familiar, así: